Informe de transparencia
NOTA METODOLÓGICA – PUBLICACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE VALOR
DIATER LABORATORIOS, S.A.
1. DEFINICIONES
Destinatarios: Incluye Profesionales Sanitarios y Organizaciones Sanitarias que reciben Transferencias de Valor, incluyendo profesionales sanitarios jubilados o fallecidos cuando existan transferencias imputables al periodo.
Profesional Sanitario (PS): Persona física que puede prescribir, dispensar, administrar o influir en el uso de medicamentos de uso humano. A efectos de publicación, el PS autónomo se considera persona física.
Organización Sanitaria (OS): Persona jurídica que presta servicios sanitarios o agrupa a profesionales sanitarios, tales como hospitales, clínicas, fundaciones, universidades o sociedades científicas.
Organización de Pacientes: No aplica.
Tipología de Transferencias de Valor: Donaciones y subvenciones; contribuciones a actividades formativas o reuniones científico profesionales; prestación de servicios; investigación y desarrollo; otras transferencias no clasificadas.
Transferencia de Valor: Cualquier pago o contraprestación directa o indirecta, en efectivo, en especie o de cualquier otra forma, con independencia de su finalidad.
Transferencia de Valor Directa
Realizada directamente por DIATER a un destinatario identificado.
Transferencia de Valor Indirecta: Realizada por un tercero en nombre de DIATER cuando el destinatario pueda identificar a la compañía.
Transferencias de Valor en especie: Bienes o servicios proporcionados sin contraprestación monetaria directa. Se publican como categoría independiente según el modelo EFPIA.
Otras Transferencias de Valor: Aquellas no clasificadas en las categorías anteriores.
Investigación y Desarrollo (I+D): Actividades relacionadas con estudios preclínicos, ensayos clínicos y estudios post autorización. La publicación se realiza de forma agregada conforme a EFPIA.
Medicamentos de uso humano: Sustancias o combinaciones de sustancias destinadas a tratar, prevenir o diagnosticar enfermedades en seres humanos.
2. ALCANCE DE LA PUBLICACIÓN / DEL INFORME DE TRANSPARENCIA
Productos incluidos: Medicamentos de prescripción.
Compañía: DIATER Laboratorios, S.A., incluyendo filiales o entidades vinculadas. La nota metodológica aplica exclusivamente a España.
Transferencias de Valor excluidas: Aquellas no contempladas en el Código de Buenas Prácticas o no relacionadas con medicamentos de prescripción.
Fecha de las Transferencias de Valor: Ejercicio fiscal de enero a diciembre del año informado.
Transferencias de Valor directas e indirectas: Ambas incluidas según el Código.
Transferencias de Valor en especie: Incluidas conforme a las reglas de cálculo aplicables.
Participación parcial, cancelación o reembolso: Se registra el importe efectivamente imputado.
Actividades o colaboraciones transfronterizas: Incluidas cuando el destinatario ejerce su actividad en España.
Investigación y Desarrollo: Publicación agregada.
Transferencias de Valor voluntarias: No aplica. Se incluye este apartado conforme al modelo EFPIA.
3. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS
Código de identificación único: DIATER utiliza un identificador interno unívoco para cada PS y OS, que enlaza datos fiscales y transferencias de valor.
Profesional Sanitario autónomo: Considerado persona física a efectos de publicación.
Contratos con duración superior a un año: Imputación según fecha de devengo del ejercicio fiscal.
Características específicas del país: Aplicación de normativa española y Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria. Incluye también la normativa española en materia de protección de datos y transparencia aplicable a las relaciones con PS y OS.
Revisión o auditoría de la información: No aplica. DIATER no realiza auditorías externas previas a la publicación, limitándose a controles internos de coherencia.
4. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL – BASE LEGAL
Solicitud de consentimiento: No se solicita consentimiento para la publicación individual cuando aplica interés legítimo.
Consentimiento parcial: No aplica.
Base jurídica: Interés legítimo para la publicación individual de Transferencias de Valor a PS, conforme al Informe AEPD 22/04/2016. Se informa a los PS conforme a la Ley Orgánica 3/2018.
Derecho de oposición: El PS podrá oponerse cuando existan razones fundadas y legítimas relativas a su situación personal. DIATER evaluará la solicitud y podrá excluir la publicación individual. El PS podrá presentar reclamación ante la AEPD.
Derechos ARCO: Acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición. Los derechos podrán ejercerse mediante escrito o correo electrónico a la dirección oficial de DIATER.
5. PLANTILLA DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN
Fecha de publicación: Antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio informado. En contratos plurianuales, la imputación se realiza según la fecha de devengo correspondiente al ejercicio fiscal.
Plataforma de publicación: Página web corporativa de DIATER.
Idioma de publicación: Español. Se recomienda versión en inglés conforme a EFPIA.
Recopilación de información: Datos extraídos de sistemas internos de gestión y contabilidad. La información se categoriza según la tabla EFPIA.
Documento Informativo de Transparencia: Los PS firman un documento informativo donde declaran haber sido informados de la publicación individual y proporcionan los datos necesarios para su identificación.
Identificación de destinatarios: Los PS y OS se identifican mediante un registro interno que vincula datos fiscales y transferencias de valor. La información procede de los Documentos Informativos de Transparencia firmados por los PS, que permiten elaborar un fichero con los datos necesarios para su identificación.
Transferencias de valor a PS a través de OS: Identificadas mediante registro interno que vincula PS y OS. En actividades científicas se incluye la Sociedad con la que se ha colaborado, reflejando la relación entre PS y OS.
6. INFORMACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA PUBLICADA
Moneda: Euro (EUR).
Impuestos incluidos o excluidos: Publicación basada en la base imponible.
Reglas de cálculo: Aplicación de criterios contables internos y del Código de Buenas Prácticas. Las transferencias en especie se valoran según coste real imputado.
7. INFORMACIÓN ADICIONAL
Documentos de referencia: Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria; EFPIA Disclosure Code; sitio web del Sistema de Autorregulación.
Información adicional: No aplica. DIATER adopta medidas técnicas para evitar la indexación de la información publicada en motores de búsqueda, limitando su difusión a los fines previstos en el Código.
Aviso legal: DIATER utiliza sistemas automatizados y procedimientos internos para garantizar la exactitud de la información publicada. En caso de error, DIATER corregirá la información tras su verificación
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